Crianza sin golpes: juez Mauricio Chacón explica los límites legales y éticos en la educación de los hijos
Se dice que hoy los niños y adolescentes tienen muchos derechos y pocos deberes. ¿Es así?
En tiempos donde las formas de crianza han cambiado y el castigo físico está prohibido por ley, surgen dudas entre padres, madres y cuidadores sobre cómo establecer límites sin violentar los derechos de las personas menores de edad.
El juez de Familia y exmagistrado suplente de la Sala Constitucional, Mauricio Chacón, responde en esta entrevista las principales inquietudes sobre los derechos y deberes de padres e hijos, la intervención del Estado y la forma correcta de ejercer la autoridad en casa.
Durante años, los métodos de disciplina incluían castigos físicos, como el conocido “chancletazo”. ¿Qué establece hoy la ley sobre esas prácticas?
La legislación costarricense prohíbe de manera expresa el castigo físico y los tratos degradantes como método de corrección. Los padres y madres tienen la obligación de orientar y disciplinar a sus hijos, sí, pero de una forma respetuosa y constructiva.
Esto significa que no se puede recurrir ni a golpes ni a gritos, humillaciones o amenazas. El Código de la Niñez y la Adolescencia protege a los menores de cualquier tipo de violencia.
Aún persiste en la sociedad la idea de que “un golpe a tiempo corrige”, pero las estadísticas del Hospital Nacional de Niños reflejan que el maltrato físico sigue siendo una realidad con consecuencias graves.
Corregir sí, violentar nunca. La disciplina debe tener un propósito educativo, no punitivo.
Entonces, ¿cuál es el enfoque correcto de una crianza respetuosa según el Derecho?
Una crianza respetuosa implica educar desde el diálogo, el ejemplo y la coherencia, no desde el miedo. El derecho de los padres a educar viene acompañado de un deber: hacerlo sin violentar la dignidad de los menores.
Debe entenderse que el afecto, la comunicación y la constancia son las herramientas que construyen respeto y responsabilidad. No se trata de una “crianza permisiva”, sino de una educación con límites claros, razonables y explicados.
¿Y qué ocurre cuando un niño denuncia maltrato o castigo físico por parte de sus padres?
Cuando un menor manifiesta que está siendo golpeado o agredido, ya sea en la escuela, el colegio o en otro entorno, la persona adulta que recibe esa información tiene la obligación legal de reportarlo al Patronato Nacional de la Infancia (PANI).
El PANI cuenta con oficinas locales en todo el país, donde se analiza cada caso con apoyo de psicólogos, trabajadores sociales y abogados. No todos los casos terminan con medidas punitivas; muchas veces se busca acompañamiento, orientación y educación familiar.
El objetivo no es separar a las familias, sino fortalecerlas. Sin embargo, si se determina que existe peligro real o daño para el menor, el niño puede ser separado temporalmente del hogar. En casos graves o reiterados, puede perderse la patria potestad.
¿En qué casos un padre o madre puede perder la patria potestad de forma definitiva?
La patria potestad se puede suspender o retirar dependiendo de la gravedad de la conducta. Si se trata de una agresión leve o derivada del desconocimiento, se puede suspender temporalmente mientras la familia recibe acompañamiento.
Pero si el hecho es grave, como abusos sexuales, violencia extrema o negligencia reiterada, la pérdida puede ser definitiva.
En esos casos, el padre o madre deja de ejercer sus derechos sobre el menor y enfrenta consecuencias penales. El principio rector es siempre el interés superior de la persona menor de edad: todo se decide pensando en su bienestar físico y emocional.
Se dice que hoy los niños y adolescentes tienen muchos derechos y pocos deberes. ¿Es así?
No, eso es un mito muy extendido. Los niños, niñas y adolescentes también tienen deberes reconocidos en la legislación.
Por ejemplo, deben respetar las decisiones de sus padres y obedecerlas siempre que no vulneren sus derechos fundamentales. Si un padre decide retirar el teléfono celular o prohibir una salida como parte de una corrección razonable, el menor debe acatarlo.
Además, el Código de la Niñez establece deberes como honrar a la patria, respetar los símbolos nacionales, asistir a clases y convivir con respeto y solidaridad. Educar en derechos también significa enseñar responsabilidades.
¿Qué papel cumple el Poder Judicial en los temas familiares como el régimen de visitas o guarda de los hijos cuando los padres se separan?
El primer principio es que los niños tienen derecho a crecer y mantener contacto con ambos progenitores. Cuando los padres están juntos, esto se da naturalmente, pero cuando hay separación o divorcio, el Poder Judicial interviene solo si no hay acuerdos.
Lo ideal es que las familias lleguen a consensos sobre tiempos, condiciones y lugares de visita. Si eso no ocurre, el juez define un régimen que garantice ese vínculo, siempre priorizando el bienestar del menor.
Existen figuras como la guarda compartida o la guarda alterna, donde el menor pasa tiempos equivalentes con ambos padres.
En algunos casos se establecen condiciones específicas: que el padre no conduzca bajo efectos del alcohol, que el menor use silla de seguridad o que las visitas sean supervisadas por profesionales.
En el caso de viajes o salidas del país, ¿puede uno de los padres hacerlo sin el consentimiento del otro?
No. La salida del país de una persona menor de edad requiere la autorización expresa de ambos progenitores.
Esta medida protege contra la sustracción internacional de menores y otros delitos como la trata. Si uno de los padres se niega injustificadamente a dar el permiso, el otro puede acudir al Poder Judicial para solicitar la autorización.
El juez escuchará a ambas partes y resolverá según el interés del menor. A veces el permiso se deniega si se sospecha que el viaje encubre una intención de radicarse fuera del país sin consentimiento del otro progenitor.
Algunos padres sienten que no pueden corregir a sus hijos sin miedo a ser denunciados. ¿Cómo equilibrar la disciplina con el respeto a los derechos del menor?
El equilibrio está en ejercer la autoridad con amor y límites. Corregir no es castigar, es enseñar con propósito.
Los padres deben recordar que la autoridad no desaparece con la crianza respetuosa: se transforma en acompañamiento, guía y ejemplo.
La ley no impide la corrección, impide la violencia.
Se puede disciplinar restringiendo privilegios, estableciendo horarios, aplicando consecuencias lógicas o fomentando la reflexión.
En palabras simples: ni permisividad total ni golpes. El poder de educar está en el vínculo, no en el miedo.
¿Y qué mensaje final dejaría para las familias que buscan criar con equilibrio y respeto?
Que la crianza es una tarea compartida entre el hogar, la escuela y el Estado. Ningún extremo es bueno: ni la violencia disfrazada de disciplina ni la permisividad sin límites.
Educar con respeto es enseñar responsabilidad, empatía y autocontrol.
Los padres y madres deben saber que la ley está para proteger, no para sancionar a quien educa con amor. La disciplina positiva es una herramienta poderosa: corrige sin dañar y fortalece los lazos familiares.
El Poder Judicial acompaña a las familias para que comprendan sus derechos, cumplan sus deberes y ejerzan la crianza dentro del marco legal y humano que merecen nuestros niños y niñas.

