Por Luis Jiménez |11 de mayo de 2025, 8:45 AM

El bullying, lejos de ser una simple broma escolar, puede convertirse en una conducta delictiva con consecuencias penales, incluso para estudiantes menores de edad. 

En Costa Rica, la Ley de Justicia Penal Juvenil permite procesar judicialmente a jóvenes desde los 12 años si cometen delitos, lo que puede derivar en sanciones como la privación de libertad.

“El bullying son conductas abusivas de parte de una persona que cree o que piensa que necesita una demostración de poder frente a alguien que difícilmente puede defenderse de ese poder.

“Son conductas abusivas de todo tipo, pueden ser patrimoniales, físicas, emocionales, pueden ser debido a la edad, la preferencia sexual, del grupo al que pertenezcan, pero sí son conductas todas donde una persona pretende tener poder sobre el otro, ejerce una violencia de cualquier tipo”, explicó Erika Chávez, fiscal coordinadora de la Fiscalía Junta Penal Juvenil de San José.

La fiscal aclara que no todas las formas de bullying son delitos, pero sí pueden cruzar esa línea.

“Se ha dicho que todo el bullying es delito y en realidad no todo el bullying es delito. El colegio está obligado a denunciar ante la Fiscalía esa conducta, no importa si es delito o no es delito. Nosotros somos los encargados de determinar si ahí existe un delito o no.

“Un empujón, aunque no produzca una lesión, para nosotros es un delito menor, que se llama una contravención de lesiones levísimas. De igual forma, amenazas como 'te espero a la salida' pueden ser investigadas penalmente, no solo para esta persona que profiere la amenaza, sino también para aquellas otras con las que se hace acompañar en el momento”, dijo Chávez.

Otros delitos frecuentes entre menores incluyen cuando bajo amenazas le piden dinero o comida a otro estudiante y también la distribución o venta de drogas.

“Las peleas termina siendo un delito de lesiones graves, que tienen penas de prisión hasta cinco años. El pedirle dinero a una persona menor de edad o comida podría ser un delito que se llama de coacción, y el hecho de que les entreguen droga a jóvenes para que dentro del colegio la vayan a probar son delitos con una pena mínima de ocho años de prisión”, comentó Chávez.

Aunque el sistema penal juvenil en Costa Rica privilegia medidas educativas y de reinserción, las sanciones privativas de libertad son posibles como último recurso. La ley establece que un menor no puede ser condenado a más de 15 años de prisión, y nunca será recluido junto a adultos.

“No hay delitos especiales para los menores de edad, son los mismos delitos previstos que para una persona adulta. Lo que cambia un poco son las penas, pero se pueden imponer sanciones privativas de libertad también”, concluyó Chávez.

Otros de los delitos por los que un colegial puede ir a la cárcel son: homicidio o tentativa de homicidio, violación u otros delitos sexuales, robo agravado, secuestro y portación ilegal de armas.

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