Por Valeria Martínez 4 de noviembre de 2025, 17:56 PM

Al igual que los automotores convencionales, los vehículos eléctricos deben cancelar el marchamo 2026; sin embargo, cuentan con rebajos automáticos establecidos en las reformas a la Ley 9518, aprobadas en 2022.

Los vehículos eléctricos que ingresaron al país entre 2022 y 2025 tendrán una exoneración del 20% en el impuesto a la propiedad, incluido dentro del derecho de circulación. 

En el caso de los que ingresaron en 2021 o antes, ya no cuentan con ese beneficio.

El rebajo se aplica de forma automática por parte del Ministerio de Hacienda, aunque puede tardar algunos días en reflejarse en el sistema del INS. La recomendación es que los usuarios verifiquen que la exoneración se haya aplicado antes de pagar. 

El beneficio solo se mantiene si el propietario está al día con sus obligaciones tributarias; en caso de morosidad, la exoneración no se aplica.

El Instituto Nacional de Seguros (INS) recordó, además, que si el usuario detecta errores en el monto o en los rubros del marchamo, el reclamo debe dirigirse a la institución correspondiente. Por ejemplo, si se trata del valor fiscal del vehículo, debe gestionarse con Hacienda; si el problema está relacionado con parquímetros, corresponde a las municipalidades, y así con cada componente.

En la página web del INS se detallan los contactos y enlaces de cada institución responsable.

El llamado es a verificar la información antes de pagar, especialmente en los primeros días del cobro, cuando los sistemas todavía pueden presentar ajustes. Los conductores pueden aprovechar las exoneraciones vigentes o resolver cualquier inconsistencia con tiempo, antes del 31 de diciembre, fecha límite para pagar sin recargos.

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