Por Paulo Villalobos |21 de julio de 2025, 16:59 PM

La Sala Constitucional rechazó de plano un habeas corpus —figura que protege a las personas de detenciones e incomunicaciones ilegítimas por parte de una autoridad— presentado en favor del abogado Celso Gamboa, Edwin López (alias “Pecho de Rata”) y Jonathan Álvarez.

El recurso se tramitó bajo el expediente 25-019583-0007-CO, y se dirigió contra la Asamblea Legislativa, la Corte Suprema de Justicia, así como el Ministerio de Justicia y Paz (MJP).

La gestión alegaba que, aunque el 20 de mayo pasado se reformó el artículo 32 de la Constitución Política, para permitir la extradición de nacionales, no se modificaron leyes secundarias que todavía las prohíben. A saber, los numerales 3 inciso a de la Ley de Extradición y 8 inciso 1 del Tratado de Extradición con Estados Unidos.

Tal situación, a criterio del recurrente, generaba una confrontación normativa que violentaba el principio de supremacía constitucional, detalló la oficina de prensa de la Sala ante una consulta de Teletica.com.

Por lo anterior se solicitaba la liberación de todos los costarricenses detenidos a la espera de que se resuelvan solicitudes de extradición, como las que precisamente se estudian en los casos de Gamboa, López y Álvarez.

También se solicitaba que, mientras los magistrados resolvían el recurso, a los requeridos por Estados Unidos se les diera arresto domiciliario con monitoreo electrónico.

Sin embargo, el Alto Tribunal declaró inadmisible el habeas corpus, al considerar que tales pretensiones excedían su ámbito de competencia.

Primero, porque se pedía que la Sala determinara si procedía o no la reforma de las normas antes señaladas, situación que —recordaron los jueces— corresponde al Congreso.

Segundo, porque como reiteradamente lo han establecido los magistrados, no les corresponde a ellos sustituir a los jueces en la determinación de la normativa aplicada a un caso concreto.

Y tercero, porque el Alto Tribunal de igual manera ha sido enfático en que no le compete pronunciarse en cuanto a cambios de medidas cautelares.

Actualmente, la Cámara Constitucional dio curso a otros dos recursos. Uno se tramita bajo el expediente 25-020009-0007-CO, en el que se alegan vulneraciones al derecho de defensa, privacidad de las comunicaciones y dignidad humana; mientras que al otro se le asignó la sumaria 25-020390-0007-CO y ten él se argumentan violaciones al principio de intimidad, a la integridad, así como tratos crueles y degradantes.

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