Tribunal rechaza intento de separar a jueza de audiencia clave en caso Diamante
La decisora quedó habilitada para conocer el próximo 6 de abril una apelación de la Fiscalía contra la anulación de intervenciones telefónicas en el escándalo de presunta corrupción.
El Tribunal Penal de Hacienda y de la Función Pública rechazó separar a la jueza Ivannia Delgado de una audiencia que será clave para el futuro del escándalo de presunta corrupción policialmente conocido como Diamante.
Mediante una resolución del 25 de marzo pasado, el órgano jurisdiccional denegó una recusación planteada por los abogados Joaquín Pérez y Amalia Sánchez, defensores de un hombre de apellido Castro; así como Alberto García, representante de un sujeto de apellido Chacón.
"Es criterio de esta cámara, que en este caso no opera una razón por la que la jueza Ivannia Delgado deba de excusarse de conocer en el presente asunto", se desprende del fallo en poder de Teletica.com.
La gestión buscaba que a la decisora se le apartara del conocimiento del caso por considerar que esta había adelantado criterio en resoluciones previas.
Específicamente, los juristas alegaron que ello ocurrió en los votos 297-2025 y 298-2025 (según el recurso de la defensa de Castro), así como el 540-2025 (de la representación de Chacón).
Los dos primeros fueron emitidos por Delgado en la misma trama de aparentes irregularidades en obras públicas del sector municipal, mientras que el restante también lo suscribió esa jueza, pero en un proceso distinto que no fue detallado.
"Hay un principio básico de imparcialidad objetiva que nosotros consideramos que doña Ivannia ya se había pronunciado respecto a la posibilidad de no hacer un análisis conjunto de la Ley de Crimen Organizado, sino establecer la posibilidad de encontrar o de hacer lo que se llama en materia de investigación, hallazgos inevitables, en intervenciones telefónicas en otras causas y de ahí derivar la posibilidad de hacer un análisis más bien pormenorizado singularizado de la Ley contra el Crimen Organizado. Y nosotros consideramos que debe ser un análisis conjunto sistemático", sintetizó Pérez.
Pero al pronunciarse respecto a la recusación, el órgano jurisdiccional determinó que los votos cuestionados nunca entraron a valorar el fondo del caso Diamante.
"Los argumentos en los que el licenciado Pérez y la licenciada Sánchez basan sus recusaciones no corresponden a lo que en realidad se resolvió por la jueza Delgado, resolución que en (ningún) modo alguno constituye un adelanto de criterio", enfatiza el fallo.
Asimismo, se apuntó que los alegatos de García "se encuentran totalmente alejados de la razón de ser del instituto de la recusación", pues lo que se le achaca a la decisora ocurrió en una causa diferente a la causa 20-009616-0042-PE.
Así las cosas, Delgado quedó habilitada para conocer una apelación presentada por la Fiscalía Adjunta de Probidad, Transparencia y Anticorrupción (FAPTA), contra la resolución que declaró ineficaces las intervención de comunicaciones efectuada en el escándalo de aparente corrupción.
La jueza será quien resuelva si deja en firme la anulación de las escuchas telefónicas (que, de determinarlo así, derrumbará gran parte de la prueba contenida en el expediente) o devolver el tema para que una integración distinta lo resuelva en el Juzgado Penal de Hacienda y de la Función Pública (instancia previa).

