Por Juan José Herrera |23 de julio de 2025, 16:05 PM

El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) resolvió este martes, por unanimidad, que el uso del jaguar como símbolo o emblema por parte de los miembros del Poder Ejecutivo podría interpretarse como una manifestación de beligerancia política, pues ese animal es la imagen del partido Motiva.

Eso significa que su uso, a partir de hoy, está prohibido para el presidente Rodrigo Chaves y demás autoridades del Gobierno, de lo contrario podrían ser sancionados por el Tribunal.

Pero, ¿cuáles son los alcances de la resolución?

La respuesta del TSE llegó por una consulta del propio Consejo de Gobierno, que quería conocer la interpretación del máximo órgano electoral en ese punto.

Así, la decisión adoptada es exclusiva para lo resuelto, que reza sobre el uso de esa imagen, no así en menciones, como explicó hoy a Teletica.com el coordinador de Letrados del Tribunal, Juan Luis Rivera.

“El Tribunal se refiere propiamente ahorita al tema de la insignia o de la utilización del símbolo; sobre otros aspectos, en realidad, la consulta no se aborda. Recordemos que, además, hay un caso pendiente que está en investigación por estos mismos hechos”, precisó Rivera.

Eso sí incluye el empleo de los famosos pines que exhiben los jerarcas del Ejecutivo, que estarán prohibidos a partir de este fallo.

Otro punto importante es que los efectos de esta resolución no son retroactivos; es decir, la prohibición rige a partir de que se conoce, por lo que los videos y otros elementos utilizados por el Gobierno con anterioridad pueden permanecer, por ejemplo, en las redes sociales.

El otro punto relevante es ¿cómo se fiscalizará el uso de este emblema?

El Tribunal insistió que, pese a la resolución tomada, la institución no tiene un mandato fiscalizador en temas de beligerancia política, por lo que cualquier decisión que se tome en ese sentido debe venir precedida de una denuncia.

Eso quiere decir que, si el presidente Rodrigo Chaves utiliza la imagen del jaguar hoy mismo, como ya hizo en Guanacaste a la misma hora del pronunciamiento del TSE, solo podrá ser investigado si media una denuncia.

“A diferencia de lo que sucede en la sede del penal, no hay una fiscalía electoral que es la que se encarga de acusar, sino que aquí lo que impera es la denuncia ciudadana. En ese caso sería la denuncia ciudadana la que active el procedimiento por beligerancia”, resumió Rivera.

La beligerancia política se entiende como la prohibición absoluta que pesa sobre una serie de funcionarios públicos —entre ellos, el presidente en ejercicio— para realizar cualquier tipo de actividad político-electoral.

Específicamente, el artículo 146 del Código Electoral restringe a quienes ocupen esos cargos “participar en las actividades de los partidos políticos, asistir a clubes ni reuniones de carácter político, utilizar la autoridad o influencia de sus cargos en beneficio de los partidos políticos, colocar divisas en sus viviendas o vehículos, ni hacer ostentación partidista de cualquier otro género”.

Las transgresiones a ese numeral incluyen el despido sin responsabilidad patronal o la remoción del cargo y, además, la inhabilitación para ejercer puestos públicos por hasta cuatro años.

El Poder Ejecutivo, hasta este momento, no se ha pronunciado sobre la resolución tomada hoy.

@teleticacom TSE: Autoridades de gobierno no podrán utilizar el símbolo del jaguar. 🐅 Resolución consideró que un partido político ya consolidó dicho símbolo como elemento de identificación. Más detalles en Teletica.com. 💻📲 #Noticias #CostaRica #Gobierno #Jaguar ♬ sonido original - Teletica.com

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